LEY 26593
CONTRATO DE TRABAJO
Plazo de pago de las indemnizaciones por extinción de contrato de trabajo.
PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES POR EXTINCIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
ARTÍCULO 1: Incorporar como artículo 255 bis de la Ley Nº 20.744 (T.O. 1976), el siguiente texto:
Artículo 255 bis: Plazo de Pago. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artículo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral.
ARTÍCULO 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
LEY 26593 CONTRATO DE TRABAJO
Etiquetas: Info, Noticias | autor: colegio de abogadosPosts Relacionados:
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